Tomado de La Prensa: Opinión, 6 de julio de 1998

MARIO J. GALINDO H.

La estampa indeseable del presidente-candidato

Me parece encomiable que una asociación tan prestigiosa como el Club Kiwanis de Panamá se interese en analizar, en un ambiente de serena ponderación, un tema de evidente interés nacional como es el de la reelección presidencial inmediata. Por ello, aprecio en todo su valor la distinción que se me ha hecho al invitarme a exponer ante ustedes mi criterio sobre el particular.

El meollo de la cuestión

En este orden de cosas, aclaro de salida que de lo que se trata no es de determinar si la ciudadanía tiene o no el derecho de reformar la Constitución por la vía del referendo, tal como está previsto en la misma, a fin de optar entre la derogación o la conservación del precepto constitucional que actualmente prohíbe dicha reelección presidencial inmediata. Tal derecho es consustancial al concepto de soberanía popular y, por tanto, no admite cuestionamientos de ninguna índole.

Así, pues, a lo que nos convoca el referendo promovido por el gobierno no es a debatir sobre el derecho de la ciudadanía a reformar la constitución, sino a justipreciar si, en opinión de cada ciudadano, la reforma propuesta conviene o no al interés superior de afianzar la democracia política que tanto nos costó conquistar. El mencionado interés es el único criterio idóneo para evaluar la propuesta que nos ocupa.

Para decirlo de una manera muy sencilla, lo que nos toca decidir el 30 de agosto es si queremos o no que, de ahora en adelante, los presidentes -no sólo el actual, sino todos los que vengan después- puedan reelegirse, es decir, que puedan ser, simultáneamente, presidentes y candidatos a la presidencia. Esta es la cuestión.

Reforma con nombre propio

Los seguidores del presidente Pérez Balladares, al defender la reforma, nos dicen que la reelegibilidad de éste es conveniente y, en consecuencia, nos piden que echemos por la borda un precepto que forma parte de nuestro ordenamiento constitucional desde hace setenta (70) años, sin que hasta la fecha haya tenido impugnadores de ningún color político como los que ahora le han surgido repentinamente.

Casi que huelga señalar que quienes propugnan la derogación del referido precepto sólo ven en el mismo un obstáculo que se interpone entre el presidente Pérez Balladares y su decisión de permanecer en el poder. Por lo mismo, los defensores de la reforma afirman, tajantemente, que la norma que nos ocupa es algo así como un ripio, es decir, una disposición inútil, obsoleta, insustancial y supérflua que no cumple ya ninguna función útil y cuya eliminación contribuirá a la profundización de la democracia en Panamá.

Este planteamiento está inspirado, a ojos vistas, en el criterio personalista de que los méritos del presidente Pérez Balladares justifican, por su sola virtud, que se le franquee acceso a un segundo período. Ello, como lo he dicho muchas veces, le da nombre, apellido y apodo a la reforma. Considero que semejante tesis es un despropósito. A mi juicio es inadmisible que la conveniencia o la inconveniencia de preservar o desechar un principio como el que nos ocupa se haga depender de los merecimientos o de los deméritos de una persona determinada. Se legisla en función del interés general y no del particular.

El interés general de la institucionalidad democrática

A mi entender es precisamente el interés general de afianzar el proceso de institucionalización de la democracia política el que aconseja que conservemos el principio de la no reelección inmediata del presidente. Así lo entendieron, en su momento, los doctores José Dolores Moscote, Ricardo Alfaro y Eduardo Chiari, autores del proyecto de la constitución aprobada en 1946, para quienes el continuismo es mal que debe evitarse a toda costa. Tanto es así que dos de ellos eran partidarios de la prohibición absoluta de reelección. Fue el ánimo de que el proyecto de constitución contase con la aprobación consensual de los tres lo que llevó a esos dos comisionados a aceptar la posibilidad de la reelección de un ex presidente una vez transcurridos dos periodos presidenciales. Los constituyentes de 1946 adoptaron en esta materia el texto propuesto por Moscote, Alfaro y Chiari. De esta suerte, la prohibición de reelección, que existía desde 1928, se hizo más severa, puesto que la reforma de 1928 la permitía después de transcurrido un sólo periodo presidencial. Las Constituciones de 1972 y la de 1983 mantuvieron el precepto consagrado en 1946. Los solos méritos de Pérez Balladares, aún si los tuviera en grado sumo, no son suficientes para cohonestar un cambio de tal magnitud.

En tal sentido, me parece especialmente valiosa y coherente la opinión del economista doctor Rubén Lachman Varela, quien, en fecha reciente ha señalado que, aunque apoya la política económica del Gobierno, le dará ``un rotundo no a la reelección’’ porque con ésta peligra la institucionalidad democrática.

Comparto plenamente el criterio de Lachman Varela. Yo también diré no a la reelección y espero que la mayoría de los panameños haga lo propio. De lo contrario, estaremos propiciando el presidencialismo, el caudillismo, el continuismo y las conocidas secuelas de corrupción que apareja toda concentración excesiva de poder.

El pretexto del mandato inconcluso

Para abundar en la conveniencia de la reforma, se nos dice, pecando otra vez de personalismo, que el electorado debe prohijar la idea de la reelección porque durante su mandato de cinco (5) años el presidente Pérez Balladares no podrá completar su plan de gobierno. Un quinquenio, se nos explica, no es suficiente para abarcar la vastedad de dicho plan. Al respecto cabe observar que la tarea de gobernar es, por su propia índole, inagotable. No termina nunca. En consecuencia, no hay periodo presidencial, independientemente de su duración, que alcance para desarrollar y finiquitar un programa de gobierno, no importa cuán modesto sea. A su vencimiento, habrá siempre tareas no emprendidas o en curso de ejecución y, además, queda siempre el recurso de anunciar nuevos planes y programas, como acaba de hacerlo el presidente Pérez Balladares, quien habla ahora de planes de ``segunda generación’’ y luego hablará de los de tercera. Con la coartada del plan de gobierno inconcluso se puede aspirar a la presidencia vitalicia.

La tesis del gobernante irremplazable

En la tesis que nos ocupa, huelga recalcarlo, subyace la pretensión de que únicamente el presidente es capaz de darle cima al proyecto de que se nos habla. Se trata del manido argumento del gobernante irremplazable, sin cuyo providencial concurso el país se va a descuadernar. No comparto la validez de esta hipótesis. En mi concepto no existen personas indispensables. El Presidente, lo reconozco, forma parte de un partido fuerte y bien organizado que, presumiblemente, apoya su programa de gobierno y, por tanto, la continuidad de éste quedaría garantizada si dicho partido triunfa en las próximas elecciones, sin necesidad de que se deseche el precepto constitucional que prohíbe la reelección presidencial, precepto del cual, en mi criterio, no podemos prescindir ni ahora ni en el futuro previsible.

Los maquillajes de ocultación

Con el mal disimulado propósito de dorarnos la píldora y de esconder, siquiera en parte, el carácter ostensiblemente personalista del proceso constituyente que culminará con el referendo, el proyecto reeleccionista del Presidente viene acompañado de otras dos reformas constitucionales, reformas que, como puede advertirlo el más despistado de los ciudadanos, cumplen apenas un modesto papel de simples arandelas o de maquillajes de ocultación. Una se refiere a la autonomía financiera del Tribunal Electoral y la otra a la revocatoria de mandato.

Por lo subalterno del propósito que las inspira, no parece necesario analizarlas a profundidad. Sin embargo, conviene decir dos palabras acerca de las mismas. Para garantizar la autonomía del Tribunal Electoral, liberándolo del llamado control previo de sus actos por parte de la Contraloría General de la República, no hace falta ninguna reforma constitucional. Basta con que el contralor resuelva no ejercer ese control a tenor de la facultad que al efecto le otorga la Constitución. Es así de sencillo. Por lo que hace a la revocatoria de mandato, cuya finalidad es fortalecer a los partidos políticos, que son el eslabón más débil en las democracias latinoamericanas, es evidente que su eliminación no es asunto que urja ni que preocupe a nadie en estos momentos. Ningún partido distinto del del Presidente ha hecho uso jamás de tal revocatoria desde que vivimos en democracia. Por lo mismo, se trata de un tema cuyo análisis puede postergarse para mejor ocasión.

A mayor abundamiento, el gobierno nos hizo saber en el día de ayer que, después del referendo, se le introducirán reformas profundas a la Constitución por la vía de dos asambleas distintas. Ante este aviso cabe preguntar: ¿qué sentido tiene entonces incurrir en el gasto dispendioso del referendo si las reformas objeto de éste han podido formar parte del nuevo paquete de reformas que ahora se anuncia? ¿Es que acaso no podía aplazarse la aprobación de las dos reformas que he calificado de cosméticas? Evidentemente sí. La que no puede aplazarse es la otra, la atinente a la reelección presidencial, lo cual no hace sino aumentar su fuerte sabor personalista.

En síntesis, ninguna de las dos reformas cosméticas enunciadas deben confundirnos ni apartarnos del debate sobre el verdadero meollo del problema, que, como queda dicho, no es otro que el de determinar si conviene o no derogar el principio de la no reelección presidencial inmediata.

La razón de ser del principio de la no reelección

Para que se aprecie con claridad la razón de ser de dicho principio, conviene hacer algunas precisiones en torno al sistema político panameño. Nuestra constitución y, sobre todo nuestra realidad sociológica, han determinado el desarrollo de un sistema de gobierno eminentemente presidencialista, esto es, un sistema de gobierno en el que el presidente es el motor de la vida política del país. Su poder influye de manera decisiva en el comportamiento y en el funcionamiento de todas las instituciones del sector público y, en gran medida, también en las del sector privado. Nunca antes el Organo Ejecutivo ha contado con tantos y tan vastos poderes y atribuciones como los que tiene en la actualidad. Ocurre que, aparte de las amplísimas facultades y prerrogativas de que siempre ha estado investido dicho órgano conforme a nuestra tradición constitucional, las reformas que en el año 1983 se le introdujeron a la Constitución le otorgaron algunas adicionales de gran alcance, como lo son, entre otras, la posibilidad de contratar empréstitos y la de establecer el régimen aduanero, con inclusión de la fijación de los impuestos de importación y de exportación, sin ninguna intervención del Organo Legislativo, así como la de elaborar el Presupuesto General del Estado con poca participación de este último.

Pues bien, este evidente fortalecimiento del Organo Ejecutivo hace necesario que se mantenga vigente el principio de la no reelección presidencial. Como bien lo ha señalado recientemente el tratadista argentino Jorge Luis Oría, en países de régimen presidencialista, como el suyo y el nuestro, la eliminación de la prohibición de reelección inmediata crea, sin dudas, el riesgo de que la apuntada preponderancia del Organo Ejecutivo se transforme en autocracia. Entre una cosa y la otra no hay más que un paso. Y tal paso se ha dado con tanta frecuencia en Latinoamérica que el no ver ese riesgo equivale a querer tapar el sol con las manos.

No es difícil prever la potenciación que experimentaría el poder del presidente, de suyo enorme, si, al tomar posesión de su cargo, tiene la perspectiva de permanecer en él durante diez (10) años. ¿Puede alguien negar que, en tales circunstancias, la fuerza que apareja el cargo se incrementará exponencialmente? ¿Acaso no se acentuaría aún más la precariedad de la muy débil separación de poderes que existe en Panamá? ¿Sería de esperar que la Asamblea Legislativa se sienta más inclinada a oponer resistencia a las veleidades de un presidente reelegible que a las de uno que no le sea? ¿Sería exagerado vaticinar que al cabo de esos diez (10) años probablemente nos enfrentaríamos a otro intento reeleccionista? ¿No es eso lo que ha ocurrido reiteradamente y está por ocurrir otra vez en Latinoamérica? ¿Vale la pena que los panameños, a título de premiar la gestión del actual presidente, nos permitamos el lujo de abrir esa caja de Pandora? Pienso que no y los invito, respetuosamente, a reflexionar mucho antes de contribuir con su voto a abrirla.

La estampa indeseable del presidente-candidato

Párrafos atrás señalé que, en el fondo, la reforma sometida a referendo supone que, en lo sucesivo, tanto el Dr. Pérez Balladares como todos los presidentes que le sigan podrán ser, simultáneamente, presidentes y candidatos a la presidencia. De esta manera, de aprobarse la reforma, aparecerá en el escenario electoral panameño la estampa indeseable del presidente-candidato. Nuestra cultura política no está, en mi concepto, ni remotamente preparada para resistir y asimilar los males que se derivarán de semejante fenómeno. ¿Puede alguien ignorar lo que ocurrirá? ¿No tenemos acaso la certeza de que el presidente-candidato, en su afán de reelegirse, abusará, con toda seguridad, de las prerrogativas de su cargo para promover su propia reelección? Así es la naturaleza del ser humano. Si la reforma prospera, a nadie le será dable distinguir al presidente de la República del candidato a la presidencia. Las dos figuras se confundirán inextricablemente. Y, por lo mismo, cuando el presidente hable o disponga o mande o use los recursos del Estado, también hablará o dispondrá o mandará o usará los recursos del Estado el candidato a la presidencia, porque presidente y candidato convivirán en la misma persona, unidos en el esfuerzo común de elegir al candidato y, de refilón, de reelegir al presidente. Esto es exactamente lo que viene ocurriendo ya en el caso del presidente Pérez Balladares.

A manera de botón de muestra, traigo a colación un ejemplo claro de abuso de sus prerrogativas presidenciales por parte del presidente. Como ustedes saben, en fecha reciente el Tribunal Electoral prohibió toda actividad política por parte de los ministros de Estado, salvo en sus ratos de ocio. ¿Acató el presidente tal prohibición? No. Lo que hizo fue estrenar una prerrogativa presidencial inédita en nuestros anales políticos, otorgándoles licencia no remunerada a cuatro de sus ministros para que, sin perder su calidad de ministros titulares, se separen del cargo y se dediquen, sin cortapisas y a jornada completa, a realizar las actividades políticas que el Tribunal Electoral había prohibido. Yo no cuestiono la validez jurídica de tal licencia, pero sí su moralidad.

La balanza inclinada

Superada la época de los regímenes militares, todos teníamos el derecho de esperar y de exigir del gobierno un esfuerzo serio por perfeccionar los mecanismos que condujeron a la transmisión legítima del poder en 1994. Es mucho lo que puede hacerse en tal sentido y mucho también el prestigio que puede alcanzarse en ese empeño. Es de lamentar, en consecuencia, que, en vez de preocuparse por afianzar esos mecanismos, el presidente y sus seguidores se hayan entregado, entusiasta y desaprensivamente, a la tarea de deshacerse del principio de la no reelección presidencial, como si de ello dependiera la prosperidad de la República. A nadie con una dosis mínima de sindéresis puede ocultársele que la participación del Dr. Ernesto Pérez Balladares como candidato en los comicios de 1999 supone inclinar la balanza electoral a favor del gobierno y contaminar de parcialidad todo el proceso electoral, poniendo en entredicho o, peor aún, anulando por completo su legitimidad. Esto puede no ser cierto en países de tradición democrática y de instituciones políticas consolidadas, pero lo es, sin duda, en un país pequeño, presidencialista, sin carrera administrativa y de costumbres políticas de dudosa ortografía, como el nuestro.

No es difícil vaticinar, con absoluta certeza, lo que ocurrirá en una campaña electoral en la que el presidente participe como candidato a la reelección. ¿Puede alguien dudar con seriedad cuál será en esa circunstancia la actitud de los altos funcionarios de la rama ejecutiva? ¿Sería acaso una actitud de imparcialidad? ¿Se atreverá alguien en el sector privado a negarle al presidente apoyo para financiar su campaña? ¿Podría la oposición acopiar fondos para la suya? ¿Contaría el Tribunal Electoral con el indispensable concurso del presidente, que se hallaría inmerso en afanes reeleccionarios, para repetir su encomiable actuación de 1994? ¿Tiene el Tribunal Electoral la fuerza política necesaria para meter en cintura a un presidente dedicado a tales afanes?

La importancia de las elecciones de 1999

No tengo que recordarles que los comicios de 1999 son tal vez los más importantes que se hayan celebrado jamás en Panamá. Pocos meses después de su toma de posesión, al nuevo gobierno le tocará asumir la responsabilidad de recibir y administrar el Canal de Panamá, tarea ímproba que no admite pugnas intestinas provocadas por desacuerdos y desavenencias electorales y que exige, por su propia magnitud, el mayor grado de gobernabilidad que se pueda alcanzar en un país agobiado por los problemas sociales y económicos que están a la vista de todos. Es, por tanto, imperativo rodear dichos comicios de un entorno político de absoluta transparencia, que garantice que sus resultados han de ser reconocidos, sin cuestionamientos válidos, por los candidatos perdidosos. No se me ocurre nada menos conducente al logro de ese entorno que la supresión del principio de no reelección presidencial, supresión que de inmediato introduce en el ámbito político un factor de disgobernabilidad incompatible con la capacidad de gestión que necesitará el próximo gobierno.

El fortalecimiento de la democracia, la primera promesa del presidente

Lo que nuestro país necesita no es la reelección de nadie, sino la celebración de sucesivos torneos electorales en los que se reedite la pureza de los de 1994. Ello nos permitirá perfeccionar y afianzar el funcionamiento de los mecanismos que la ley consagra para garantizar la transparencia de las elecciones, depurar nuestros hábitos políticos y, en general, valorizar la forma democrática de gobierno. La reelección inmediata del presidente atenta contra este desideratum. Así parecía entenderlo el doctor Pérez Balladares cuando, a raíz de su toma de posesión, manifestó:

``Conciudadanos: Pueden tener la seguridad de que dentro de cinco años, desde esta misma tribuna, yo le voy a poder decir al presidente que democráticamente hayamos elegido, que le entrego el mandato de un país reconciliado y próspero, de un país nuevo y alegre, de un país preparado para el nuevo milenio’’.

Nadie que lea estas frases con pupila limpia y ánimo desprevenido puede suponer que el presidente abrigaba en ese momento el propósito de reelegirse, salvo que se piense que lo que tenía previsto desde entonces era autoentregarse el poder y decirse a sí mismo que recibía de sus propias manos el país maravilloso que dejó descrito en las palabras que he citado.

El influjo del sillón presidencial

Yo no soy quién para saber en qué momento ni en virtud de qué consideraciones el presidente optó por cambiar el rumbo. Pero, sea de ello lo que fuere, no faltarán los que piensen que tiene razón el escritor chileno Jorge Edwards, quien, no hace mucho, en un artículo titulado ``Los sillones presidenciales’’, manifestó que éstos parecen tener poderes ocultos, puesto que, contaminados por su magia, los presidentes ``no se contentan con nada menos que ser reyes, monarcas absolutos y vitalicios. La reforma de la Constitución, la posibilidad de la reelección, pasa a convertirse en la principal preocupación del gobierno. Para que la estabilidad macroeconómica continúe, para que el crecimiento del producto interno bruto no se interrumpa’’.

Proclividades y nuevas promesas del presidente

Yo no pienso que el nuestro tenga los poderes ocultos que Edwards les atribuye a los sillones presidenciales. Por él han pasado muchos mandatarios, algunos ilustres, sin que a ninguno le haya atacado el virus de la reelección. Más bien pienso que, en el caso que nos ocupa, se trata de una inclinación natural del señor presidente. Justamente ayer éste nos ha aclarado que él, en ninguna circunstancia, buscaría un tercer periodo, como lo están haciendo Menem en la Argentina y Fujimori en el Perú. Nos dice que tal cosa sería para él ``verdaderamente una imposibilidad física’’. Lo único que puedo decir es que no acabo de entender las palabras sibilianas del presidente y que, en todo caso, dada su evidente fortaleza física, no quiero ponerlas a prueba, por lo que prefiero frenar desde ahora sus proclividades reeleccionistas votando ``No’’ en el referendo.

(El autor es abogado)




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